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PARQUES INDUSTRIALES (LEY 7255, DECRETO 5283/85).

La Secretaria de Industria perteneciente al Ministerio de Industria, Comercio y Minería de la Provincia de Córdoba, como órgano de aplicación de la ley 7255/85, se encarga de fiscalizar los proyectos de Parques Industriales. Además de la fiscalización mencionada, en esta Secretaria se brinda asesoramiento a todos aquellos Entes Públicos o Privados que pretendan llevar adelante un proyecto de estas características, como así también proyectos que tiendan a un ordenamiento industrial de la localidad.

Vale destacar que los Parques cuentan con la siguiente infraestructura:

Abastecimiento y distribución de energía eléctrica, para consumo industrial, iluminaciones internas, externas y consumo de servicios centrales.
Abastecimiento de agua industrial, contra incendios y para uso de servicios generales.
Desagües pluviales y/o cloacales, según la naturaleza del Parque.
Abastecimiento y distribución de gas, en las localidades donde cuenten con este servicio.
Cortina forestal de contención ambiental.
Servicios comunes acordes a las características de las empresas radicadas.
Las ventajas de instalarse en un Parque Industrial son:
Seguridad jurídica en los permisos para operaciones industriales.
Administración interna que garantiza la seguridad general de los propietarios y el mantenimiento permanente de la infraestructura.
Certidumbre en la propiedad de la tierra.
Seguridad en los servicios básicos de infraestructura.
Seguridad de cumplimiento de la reglamentación ambiental.
Fácil acceso a las principales vías de comunicación.
Ubicación cerca de los asentamientos humanos y centros de educación.

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